Apesar de estas leyes, aún existe un vacío en su aplicación y difu-
sión.Variosestadosnocuentanconellas,y losque lastienen,enmu-
choscasosnoposeenelpersonalyequiponecesarioparasuacción.
¿Cómoydóndedenunciar?
De acuerdo con la Ley para la Protección y Bienestar de los Ani-
males de la Ciudad de México, la Procuraduría Ambiental y del
Ordenamiento Territorial (PAOT) está facultada para tratar casos
de maltrato animal en respuesta a una denuncia ciudadana. Los
hechosquepuedendenunciarseanteestaprocuraduríacompren-
den: hacinamiento, actosdecrueldad,maltratoymuerte; criaderos
clandestinos; uso de animales en protestas, marchas, plantones y
concursos de televisión; venta de especies con lesiones, trauma-
tismos, fracturasovendas, ycelebracióndepeleasentreanimales.
La denuncia puede ser presentada vía electrónica, telefónica o
por escritopreviamenteelaboradoanteesta instancia. Todociuda-
dano puede realizar denuncias las 24 horas del día los 365 días del
añovía internet,oalteléfono5265-0780,de lunesaviernes,de9:00
a 18:00 horas. Ypersonalmente en las oficinas de laPAOT.
Por su parte, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(Profepa), entre sus diferentes funciones se encarga de la fauna
silvestre enlistada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SE-
MARNAT-2010, que identificaa lasespeciesopoblacionesdeflora
y faunaen riesgo. Así quecualquier personaqueseaposeedorade
una especie silvestre, debe acreditar su legal procedencia y man-
tenerlaencondicionesóptimas. Para realizar unadenunciase tiene
que verificar directamente a través de la página web de la Profepa
los números telefónicos de cada entidad federativa.
Es imperanteconcientizarsobreelrespetoyafectoque lasmasco-
tas y todos los animalesmerecen, pues a cambionos entreganmo-
mentosmemorablesllenosdealegríaymúltiplesbeneficiosanuestra
salud físicayemocional. Ellosdependendenosotros, cuidémoslos.
La verdadera bondaddel hombre solopuedemanifestarse con
absoluta pureza y libertad en relación con quien no representa
fuerza alguna. La verdadera prueba de lamoralidadde la humani-
dad, lamás profunda, tal que escapa a nuestra percepción, radica
en su relación con aquellos que están a sumerced: los animales.
MilanKundera,
La insoportable levedaddelser
San Luis Potosí
Se establecen sanciones que van desde tres meses
a un año de cárcel, a quien se le compruebe el mal-
trato animal. Además de inhabilitaciones en contra de
profesionales dedicados al cuidado animal y multas
de hasta 100 salarios mínimos.
Veracruz
El maltrato animal podrá ser denunciado por cual-
quier persona, y se procede a sancionar desde dos
meses hasta cinco años en prisión.
Yucatán
Su ley estipula que aquellos que cometan actos de
maltrato o crueldad en contra de los animales ten-
drán una pena de tres meses a un año de prisión y
de 50 a 100 días de multa, aumentando hasta en
una mitad si estos casos provocan una incapacidad
parcial o total permanente al animal que la sufrió.
Quintana Roo
La ley obliga a las personas tener
a los animales en una estancia
digna, higiene, tratamientos ve-
terinarios, entre otros.
Ciudad de México
La Gaceta Oficial dicta, quien maltrate y lesione a un ani-
mal será castigado con penas de seis meses a dos años
de cárcel y multas de tres mil 100 a seis mil 200 pesos. Las
sanciones se elevarán en un 50 por ciento si las lesiones
ponen en peligro la vida del animal, y en caso de muerte el
responsable podrá ser castigado con penas de dos a cuatro
años de prisión y multas de 12 mil 400 a 24 mil 800 pesos.
Puebla
El maltrato a los animales se castigará hasta con
cuatro años de prisión y multas de 26 mil pesos.
Las modificaciones al Código Penal del estado es-
tablecen de seis meses a cuatro años de prisión y
sanciones económicas que alcanzan 400 días de
salario mínimo a quien realice actos de maltrato o
crueldad contra algún animal doméstico o silvestre.
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